Desde Puerto Rico
INSTRUCCIONES GENERALES PARA ENVIAR VEHÍCULOS DE MOTOR DE PUERTO RICO A LOS ESTADOS UNIDOS
1. El cliente deberá proveer, copia del título del vehículo, copia de la licencia del vehículo y copia de la licencia de conducir del dueño. Si el vehículo esta financiado, deberá solicitar al banco ó institución financiera, una carta en original, autorizando la exportación del vehículo. El título no deberá tener ningún gravamen. Además, la licencia o registración del vehículo no deberá presentar información en el espacio de venta condicional.
2. Deberá presentar un Certificado de Inspección de Vehículo de Motor de la División de Vehículos Hurtados de la Policía de Puerto Rico, del área donde reside. Dicho documento tiene un periodo de vencimiento de 5 días. Antes de colocar el vehiculo en el contenedor de salida, la unidad es inspeccionada nuevamente por la Policía de Puerto Rico, la cual emite el Certificado de Exportación final. Si al momento de inspeccionar el vehículo por parte de la División de Vehículos Hurtados, se encontraran discrepancias y dicha agencia no emite el Certificado de Exportación, LRDM no será responsable por la demora en el envío y el dueño ó su representante deberá resolver cualquier situación directamente con la División de Vehículos Hurtados y o el Departamento de Transportación y obras Públicas. Dicha demora podría motivar cargos adicionales de estacionamiento u otros cargos según aplique.
3. Deberá presentar un comprobante en original de una Colecturía de Rentas Internas, Dicho comprobante deberá tener la clave o cifra de ingreso 5122 impreso. Sólo se aceptará el recibo de pago del sistema, forma SC-848, debidamente firmada por el colector o copia amarilla del recibo de pago manual.
4. Deberá presentar los formularios, Certificación Oficial de Multas Administrativas a Vehículo, Forma DTOP-DIS-224 y Certificación del Vehículo, Forma DTOP-DIS-234, en original, de la Directoría de Servicios al Conductor del Departamento de Transportación y Obras Públicas, debidamente firmadas y selladas. Dichas certificaciones deberán indicar que el vehículo no tiene multas pendientes de pago. Dicha certificación es válida por tres (3) días desde la fecha de emisión.
5. Deberá presentar una Certificación de Deuda de la Administración de Compensación por Accidentes de Automóviles (ACAA) 787-759-8989. Dicha certificación debe ser en original y es válida por un máximo de veinte (20) días a partir de la fecha de emisión.
6. Deberá llevar el vehículo a un centro de servicio de lavado de motor, chasis y carrocería. Es requisito entregar la factura o recibo del servicio de lavado al momento de entregar el vehículo en el terminar de LRDM. El recibo o factura no puede ser de más de tres (3) días.(ORIGINAL)
7. Deberá presentar Autorización Notariada por un abogado de Puerto Rico, en original, la cual autorice a La Rosa Del Monte Express, y a la Policía de Puerto Rico a tramitar y exportar su auto. Dicha autorización deberá incluir la marca, modelo, año, número de título, numero de tablilla, color y número de serie del vehículo. Si otra persona, la cual no sea el dueño del vehículo, realiza la entrega del mismo, se deberá incluir el nombre de dicha persona en la autorización notariada. Dicha persona deberá presentar copia de una identificación valida con foto. Es importante que en la misma autorización notariada se indique que se releva a la Policía de Puerto Rico y a La Rosa del Monte Express, de toda responsabilidad sobre la información presentada en dicho documento. En el evento que el dueño titular del vehículo este fuera de Puerto Rico, este debe presentar, a través de la persona que designe, una autorización notariada, en original, donde autorice a la persona designada a representarlo en dicho proceso. El poder debe describir el auto y relevar a LRDM y a la Policia de Puerto Rico de toda responsabilidad sobre la información provista. Una vez la persona designada reciba el poder notarizado del dueño de vehículo, este debe preparar la autorización notarizada que se indica al inicio de este párrafo. (NO MANUSCRITO)
8. Como requisito de la División de Vehículos Hurtados de la Policía de Puerto Rico todo vehículo que tenga tintes en los cristales deberá tener certificación de uso de tintes de la División de Tránsito de la Policía de Puerto Rico.
9. Si el vehículo tiene alarma, favor de desactivarla. LRDM no se hace responsable por problemas eléctricos ó mecánicos que le surjan a su vehículo.
10. El vehículo no deberá tener filtraciones o escapes de aceites o de otros líquidos. No deberá tener más de un cuarto (1/4) de tanque de gasolina.
11. No se permiten artículos o efectos personales dentro del vehículo. LRDM no se hará responsable por pérdida de artículos dejados dentro de los vehículos, otros que no sean los permitidos. Solo se permitirán la goma de repuesta, gato y herramientas relacionadas con el gato.
12. Vehículos no operables, tendrán un cargo adicional de $600.00. Además, el vehículo deberá tener una separación de más de ocho (8) pulgadas entre la carretera y el chasis. Vehículos con alteraciones en su carrocería ó sistemas de suspensión, tendrán un cargo adicional.
13. LRDM le proveerá una copia de la Hoja de Inspección del Vehículo al momento de la entrega del mismo.
14. Todo vehículo es inspeccionado por el Departamento de Agricultura (USDA). USDA puede requerir que algunos vehículos sean lavados nuevamente. De ser así, representara un cargo adicional. Este cargo deberá ser saldado antes de realizarse la entrega del vehículo en el destino.(ORIGINAL)
15. Todo embarque de vehículos debe estar debidamente prepagado en cheque certificado, money order, giro postal o ATH. No aceptamos cheques personales ó cheques de compañías.
16. El destinatario deberá estar disponible a recibir el vehículo en el destino tan pronto LRDM le notifique de su llegada. De lo contrario se incurrirá en cargos por demoras, estacionamiento y otros, según aplique.
17. Si exporta su vehiculo a zonas frías, debe añadir anticongelante al radiador de su auto para evitar congelamiento del agua. Consulte con su taller de servicio. La Empresa no es responsable por daños al vehiculo por la falta de anticongelante.
Provisiones de Seguro:
• La tarifa de embarque, incluye una cubierta de seguro limitada hasta un máximo de $0.60 por libra, según el peso del vehículo transportado.
• LRDM le puede ofrecer una cubierta de seguro, hasta el valor de reemplazo del auto, según declarado por el dueño o representante, por un cargo adicional de $35.00 por cada $1,000.00 de valor. El valor en el mercado del auto, será el determinado por los registros provistos por el sistema www.kbb.com.
• El seguro no cubre, vehículos despintados, descascarados, abollados o raspados.
• LRDM no se responsabiliza por cualquier problema electrónico o mecánico que pueda sufrir su vehículo durante la transportación.
